Micelio

Artículo 6

Por El Departamento De Bolívar Serán Elegidos Siete (7) Representantes, Y Por El Departamento De Córdoba Los Establecidos En El Decreto Número 1932 De 10 De Junio De 1952

Decreto 2868 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 2830 de 8 de noviembre de 1952

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Por el Departamento de Bolívar serán elegidos siete (7) representantes, y por el Departamento de Córdoba los establecidos en el Decreto número 1932 de 10 de junio de 1952.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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