Micelio

Artículo 1

El Juzgado De Prevención De Puerto Rondón, Estará Encargado Especialmente Del Conocimiento De Los Hechos Determinados En El Artículo 1º De La Ley 50 De 1939 Y Decreto-Ley Número 1457 De 1940, En Concordancia Con Las Leyes 48 De 1936, 94 De 1938 Y 4ª De 1943

Decreto 2400 de 1947 · por el cual se adiciona y modifica el Decreto-ley número 1642 bis de 1947.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Juzgado de Prevención de Puerto Rondón, estará encargado especialmente del conocimiento de los hechos determinados en el artículo 1º de la Ley 50 de 1939 y Decreto-Ley número 1457 de 1940, en concordancia con las Leyes 48 de 1936, 94 de 1938 y 4ª de 1943.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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