- Cobro persuasivo y coactivo. Asignar a los intendentes regionales, en sus respectivas áreas de competencia, las siguientes facultades: 4.1 Llevar a cabo las diligencias preliminares para persuadir a los deudores a pagar sus deudas con el fin de obtener el recaudo de la cartera a favor de la Superintendencia; 4.2 Responder los requerimientos de los despachos judiciales y entes de control; 4.3. Realizar las liquidaciones de los intereses y/o indexar las sumas adeudadas de conformidad con los acuerdos de pago o derivadas de las liquidaciones de los créditos; 4.4 Suscribir los actos que contengan acuerdos de pagos realizados con los deudores en la etapa persuasiva con el fin de obtener la recuperación de la cartera; 4.5 Tramitar los procesos de cobro coactivo a través del procedimiento administrativo coactivo en los términos de la Ley 1066 de 2006, su Decreto _.,_ @ t1 PROSPERIDAD IPARATODOS Mio(¡¡ ........ ,,.._ BOGOTA D. C.: AVENIDA El DORADO No 51-80, PBX: 3245777 • 2201000, LINEA GRATUITA 018000114319, Centro de Fax2201000 OPCION 2 / 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79•10 TEL. 953-454495/454506, MEOELLIN: CRA 49 # 53-19 PISO 3 TEL TEL. 942-3506000-35C600112/3, MANIZALES: CLL 21 # 22-42 PISO 4 TEL 968-847393-847987, CAU: CLL 10 # 4-40 OF 201 EOF BOLSA DE OCCIDENTE PISO 2 TEL 6880404, CARTAGENA: TORRE RELOJ CR 7 # 32-39 PISO 2 TEL 956646051'642429. CUCUTA: AV O (CERO) A# 21-14 TEL 975-7161901717985. BUCARAMANGA: CALLE 41 No 37-62 TEL 976-321541/44 SAN ANDRES Avenida Colón No 2-26 Ed1fie10 Bread Fruit ofionas 203 y 204 TEL· 098 5121720 lwebmaster@supersoc1edades gov co www supersoc1cdades gov col -Colombia e+) Superlnlendencla de Sociedades 6/10 RESOLUCION Reglamentario 4473 de 2006, el Estatuto Tributario, el Código de Procedimiento Civil y la Ley 1437 de 2011; 4.6 Analizar y calificar la cartera de su correspondiente jurisdicción y competencia, cuyo cobro sea de difícil recaudo e informar de ello al Grupo de Contabilidad de la entidad para su correspondiente castigo contable;
4. 7 Hacerse parte en los procesos jurisdiccionales que se adelanten al interior de la entidad, bajo el marco jurídico de las leyes de insolvencia empresarial vigentes y que corresponden a obligaciones que adeudan las sociedades sometidas a cualquier proceso concursa!; 4.8 Transferir al archivo general de la superintendencia los expedientes de los procesos que se terminan por la extinción de las obligaciones, atendiendo los parámetros establecidos en las tablas de retención documental de la entidad; 4.9 Llevar el registro y la custodia de los títulos judiciales 4.1 O Convertir, fraccionar, consignar, endosar y entregar a quien corresponda los títulos de depósito judicial que con ocasión de los embargos decretados dentro de los procesos coactivos sean allegados; 4.11 Realizar las gestiones tendientes a librar los mandamientos de pago; 4.12 Resolver los escritos de excepciones, recursos de reposición, nulidades y demás, interpuestos contra los actos proferidos en el proceso; 4.13 Ordenar seguir adelante con la ejecución; 4.14 Efectuar el análisis correspondiente para decretar medidas cautelares; 4.15 Ejercer las actividades correspondientes para la realización de secuestros; 4.16 Decretar el gravámenes; levantamiento de medidas cautelares y cancelación de 4.17 Expedir el aviso de remate, así como aprobar o improbar el mismo; 4.18 Decretar la suspensión del proceso administrativo; 4.19 Decretar la acumulación de pretensiones y procesos; 4.20 Decretar y practicar pruebas; 4.21 Fijar los honorarios de los auxiliares de la justicia; 4.22 Aceptar los acuerdos de pago en la etapa coactiva; 4.23 Decretar la terminación del proceso.
PARÁGRAFO. Corresponde al intendente regional y al secretario administrativo y judicial de la respectiva intendencia endosar y entregar a quien corresponda los títulos de depósito judicial que con ocasión de los procesos que adelantan se encuentren a disposición de la Superintendencia de Sociedades.