Reglamento operativo . El prestador del servicio público de aseo en la actividad complementaria de disposición final de residuos sólidos, deberá formular y desarrollar antes del inicio de la operación un reglamento operativo, que se dé a conocer a los usuarios al momento de la solicitud de acceso al servicio, el cual incluirá
Cronograma de actividades de acuerdo con las especificaciones técnicas definidas en el numeral F.6.7.1.1 del Título F del RAS, o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
Condiciones de acceso.
Frentes de trabajo.
Restricción e identificación de residuos.
Compactación de los residuos.
Material de cubierta diaria.
Control del agua de infiltración y de escorrentía.
Recolección y tratamiento de lixiviados.
Recolección, concentración y venteo de gases.
Actividades y acciones de manejo y control para la estabilidad de taludes.
Equipos e instalaciones de Instrumentación.
Procedimientos constructivos.
Calidad y cantidad de materiales a utilizar.
Equipo y maquinaria requerida.
Personal requerido y calidades profesionales.
Procesos operativos desde la entrada de los residuos hasta su disposición final.
Planos y esquemas de los procesos e instalaciones en el relleno.
Programa de seguridad industrial a aplicar en la construcción y operación del relleno sanitario.
Criterios operacionales entre otros los determinados en el artículo 2.3.2.3.3.1.9 del presente capítulo. (Decreto 838 de 2005, artículo 8).