Micelio

Artículo 2.2.3.12.4.1

Del Consejo Operativo Del Sistema Nacional De Depuración De Datos Y Archivos De Inteligencia Y Contrainteligencia

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del Consejo Operativo del Sistema Nacional de Depuración de Datos y Archivos de Inteligencia y Contrainteligencia. El Consejo Operativo del Sistema Nacional de Depuración “SND” lo conformarán:

1.

El o la responsable del Centro de Protección de Datos por cada uno de los orga­nismos de inteligencia y contrainteligencia.

2.

Un o una representante de los Comités de actualización, corrección y retiro por cada uno de los organismos de inteligencia y contrainteligencia.

3.

Un asesor jurídico de cada organismo de inteligencia y contrainteligencia.

4.

Un o una representante de los equipos interdisciplinarios para la depuración de datos y archivos de inteligencia y contrainteligencia, que se conformen en cada uno de los organismos de inteligencia y contrainteligencia, como apoyo a los Comités de actualización, corrección y retiro.

5.

Un o una representante experto (a) en archivos de inteligencia y contrainteligen­cia por cada uno de los organismos de inteligencia y contrainteligencia.

6.

Un delegado del Archivo General de la Nación, quien asesora técnicamente en materia archivística y de gestión documental al Consejo Operativo, acorde a la normatividad vigente.

Parágrafo 1

Los delegados asignados por cada organismo que integra la comunidad de inteligencia tendrán voz y voto en las reuniones.

Parágrafo 2

El Consejo Operativo del Sistema “SND” se reunirá al menos una vez al mes o en forma extraordinaria cuando lo estimen pertinente.

Parágrafo 3

La documentación que se genere con ocasión de las actividades del Consejo Operativo del “SND” estará bajo la responsabilidad y custodia de su secretaría técnica.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1070 de 2015