Micelio

Artículo 5

Los Alumnos Actuales De La Escuela De Bellas Artes De Bogotá, Favorecidos Con Las Becas, Tendrán Derecho A La Cantidad De Cuatrocientos Pesos ($ 400) Para Viátios De Ida Y A Otra Cantidad Igual Para Viáticos De Regreso, Y A La Asignación Mensual De Cien Pesos ($ 100), Como Canon De La Beca

Decreto 1231 de 1928 · Por el cual se reglamenta la Ley 81 de 1925 y se reforma el Decreto número 568 de 1928

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los alumnos actuales de la Escuela de Bellas Artes de Bogotá, favorecidos con las becas, tendrán derecho a la cantidad de cuatrocientos pesos ($ 400) para viátios de ida y a otra cantidad igual para viáticos de regreso, y a la asignación mensual de cien pesos ($ 100), como canon de la beca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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