Micelio

Artículo 2.35.6.2.1

Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comisión Intersectorial de Resolución . Créase la Comisión Intersectorial de Resolución como órgano técnico para la coordinación y orientación de funciones relacionadas con la resolución de entidades, la cual estará integrada mínimo por dos (2) funcionarios de la Superintendencia Financiera de Colombia y dos (2) del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafín). De los funcionarios designados, por lo menos uno de cada entidad deberá tener la calidad de directivo. La Comisión Intersectorial de Resolución podrá invitar a las sesiones de trabajo a las personas cuya asistencia considere pertinente.

Parágrafo

La totalidad de los miembros de la Comisión Intersectorial de Resolución, así como los invitados a las reuniones, deberán suscribir un acuerdo de confidencialidad sobre el tratamiento de la información que conozcan con ocasión de su participación en la Comisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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