Artículo segundo. El resto de personal que presta servicios en los aeródromos a cargo de la Dirección General de Aeronáutica Civil será clasificado por la citada Dirección asimilándolos a las categorías del Decreto 3383 de 1948, y no podrá devengar una asignación diaria superior a la fijada como máxima en ese Decreto.
Decreto 215 de 1949 →Vigente
Artículo 2
Decreto 215 de 1949 · Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con el personal o jornal de la Dirección General de Aeronáutica Civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.