Los organismos de grado superior de carácter financiero, las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas de seguros, en el ejercicio de la actividad financiera, quedarán sometidos, en lo no previsto en este Decreto, a las disposiciones generales que regulan tal actividad.
Decreto 1659 de 1985 →Vigente
Artículo 16
Decreto 1659 de 1985 · Por el cual se dictan normas para el ejercicio de la actividad financiera por parte de las entidades Cooperativas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.