✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Los miembros de las Juntas Electorales de las Provincias Electorales y los de las Juntas Electorales de las Circunscripciónes Electorales serán seis, los que serán nombrados cada cuatro años en los términos del artículo 11 de la Ley 7ª de 1888.
En receso del Congreso serán nombrados por el Gobierno.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.