Micelio

Artículo 14

Por La Sección 2ª

Decreto 307 de 1897 · Reglamentario de los Parques de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Por la Sección 2ª. Del Ministerio de Guerra, oficina á las cual se halla adscrito el negociado de Parques, se llevará con la mayor escrupulosidad un libro de Cuentas corrientes, el cual tiene por objeto saber en cualquier momento dado el número de elementos de guerra con que cuenta la Nación, debidamente clasificados, y la manera como se hallan distribuidos en los distintos Parques.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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