Artículo único. Abrense, con imputación al Presupuesto Nacional de gastos del año económico de 1913, los créditos adicionales que enseguida se indican:
Ley 46 de 1913 →Vigente
Artículo 1
Ley 46 de 1913 · Sobre créditos adicionales al Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia económica de 1913
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.