Micelio

Artículo 3

Las Medallas De Servicio Serán Entregadas E Impuestas En Ceremonia Especial En Las Fechas Citadas, Asi: La De Veinticinco (25) Años De Servicio Continuo Como Oficial, Por El Excelentísimo Señor Presidente De La República, En Bogotá; La De Veinte (20) Años De Servicio Continuo Como Oficial, Por Los Directores Del Ejército, La Marina O La Aviación, Según El Arma, Cuando Se Trate De Oficiales Residentes En Donde Ellos Se Hallen, O, En Su Defecto, Por Los Comandantes De Brigada, En La Sede Del Cuartel General De Éstos, Y La De Quince (15) Años De Servicio Continuo Como Oficial, Por Los Respectivos Comandantes De Unidades Terrestre, Marítimo O Fluvial, De Base Aérea O Naval, Directores De Institutos O Jefes De Repartición, En La Sede Del Comando O Jefatura De Éste Parágrafo 1

Decreto 1998 de 1949 · por el cual se reglamenta la adjudicación, entrega e imposición de una la Medalla de Servicio para los Oficiales de las Fuerzas Militares, en el ramo de Guerra.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las Medallas de Servicio serán entregadas e impuestas en ceremonia especial en las fechas citadas, asi: La de Veinticinco (25) años de servicio continuo como Oficial, por el Excelentísimo señor Presidente de la República, en Bogotá; La de veinte (20) años de servicio continuo como Oficial, por los Directores del Ejército, la Marina o la Aviación, según el arma, cuando se trate de Oficiales residentes en donde ellos se hallen, o, en su defecto, por los Comandantes de Brigada, en la sede del Cuartel General de éstos, y La de quince (15) años de servicio continuo como Oficial, por los respectivos Comandantes de unidades terrestre, marítimo o fluvial, de Base Aérea o Naval, Directores de Institutos o Jefes de Repartición, en la sede del Comando o Jefatura de éste

Parágrafo 1

° Ningún Oficial de las Fuerzas Militares podrá usar simultáneamente más de una Medalla de Servicio.

Parágrafo 2

° El Estado Mayor General de las Fuerzas Militares dictará las disposiciones convenientes para la oportuna permuta de las joyas en mención. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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