Los sueldos de los Agentes del Ministerio Público, desde el 1º de Enero de 1897, serán los siguientes:
El del procurador General $ 6,000 anuales.
El de cada uno de los Fiscales de los Tribunales de Distrito Judicial á $ 2,400 anuales, menos los de Bogotá, Bucaramanga, Panamá y Medellín, que será de $ 3,000 anuales.
El de cada uno de los Fiscales de los Juzgados Superiores á $ 1,800 anuales, menos los de Bogotá, Bucaramanga, Panamá y Medellín, que será de $ 2,400 anuales.
Los de los Fiscales de los Juzgados de Circuito que residan en las capitales de Provincia $ 1,440 anuales, fuera de los de Bogotá, Bucaramanga, Barranquilla, Cúcuta, Cartagena, Panamá y Medellín, que será de $ 1,680 anuales.
Los de los Fiscales de los demás Juzgados de Circuito á $ 960 anuales