Cuando a un empleado o trabajador al servicio de la Comisaría Especial del Guainía le sea conferida una comisión oficial dentro del territorio nacional, fuera de la Comisaría; se le autorizará el pago de viáticos según la siguiente escala
El Comisario devengará viáticos a razón de. $ 900 diarios;
Los empleados cuyas asignaciones mensuales sean de $ 8.000 o más tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 600 diarios;
Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilen entre $ 5.000 y $ 7.999 tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 500 diarios, y
Los empleados cuyas asignaciones mensuales sean de $ 4.999 o menos tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 400 diarios.
Cuando la comisión sea ordenada fuera de la sede habitual de trabajo y que implique pernoctar fuera de ella, pero dentro del territorio de la Comisaría Especial del Guainía, se reconocerán viáticos diarios,-así: Empleados con sueldos mayores de $ 8.000 a razón de $ 500 diarios; Empleados con sueldos de $ 5.000 a $ 7.999 a razón de $ 400 diarios, y Empleados con sueldos de $ 4.999 o menos a razón de. $ 300 diarios.