º Suprimir de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, establecida mediante Decreto 593 del 30 de marzo de 1993 y modificada por los Decretos 1173 del 24 de junio y 1986 del 4 de octubre de 1993, los cargos que se relacionan a continuación: DIRECCIÓN GENERAL DEL PRESUPUESTO NACIONAL. Nº DE CARGOS DENOMINACIÓN DEL CARGO CÓDIGO GRADO 1 Director Técnico de Ministerio 0100 21 4 Subdirector Técnico de Ministerio 0150 19 1 Asesor 1020 13 1 Asesor 1020 08 3 Asesor 1020 06 2 Asesor 1020 05 4 Jefe de División 2040 20 1 Jefe de División 2040 17 3 Profesional Especializado 3010 16 2 Profesional Especializado 3010 15 5 Profesional Especializado 3010 14 1 Profesional Especializado 3010 13 4 Profesional Especializado 3010 12 3 Profesional Especializado 3010 1O 1 Profesional Especializado 3010 09 2 Profesional Especializado 3010 08 4 Profesional Universitario 3020 06 2 Analista de Sistemas 4005 15 1 Asistente Administrativo 4140 12 1 Técnico Administrativo 4065 09 1 Técnico Administrativo 4065 07 1 Técnico Operativo 4080 07 2 Coordinador 5005 17 1 Secretario Ejecutivo 5040 13 5 Secretario Ejecutivo 5040 11 2 Secretario 5140 1O 3 Auxiliar Administrativo 5120 09 1 Secretario 5140 08 3 Auxiliar Administrativo 5120 07 2 Ayudante de Oficina 5155 05
Decreto 124 de 1994 →Vigente
Artículo 1
Suprimir De La Planta De Personal Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Establecida Mediante Decreto 593 Del 30 De Marzo De 1993 Y Modificada Por Los Decretos 1173 Del 24 De Junio Y 1986 Del 4 De Octubre De 1993, Los Cargos Que Se Relacionan A Continuación: Dirección General Del Presupuesto Nacional
Decreto 124 de 1994 · por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.