Será función del Comité Técnico la elaboración del Reglamento de Trabajo el cual fije las condiciones y las prescripciones del Servicio, tales como admisión del Trabajador, periodo de prueba, horario de trabajo, periodo de descanso durante la jornada, horas extras y trabajo nocturno, su reconocimiento y pago, días de descanso legalmente obligatorio, vacaciones, permisos, periodos de pago, medidas preventivas de accidentes, insubsistencias y retiros, suspensiones, sanciones, cafetería, deportes, etc., con la aprobación del Comando de la Fuerza Aérea y con la obligación especial de hacer cumplir ducho Reglamento.
Artículo 14
Será Función Del Comité Técnico La Elaboración Del Reglamento De Trabajo El Cual Fije Las Condiciones Y Las Prescripciones Del Servicio, Tales Como Admisión Del Trabajador, Periodo De Prueba, Horario De Trabajo, Periodo De Descanso Durante La Jornada, Horas Extras Y Trabajo Nocturno, Su Reconocimiento Y Pago, Días De Descanso Legalmente Obligatorio, Vacaciones, Permisos, Periodos De Pago, Medidas Preventivas De Accidentes, Insubsistencias Y Retiros, Suspensiones, Sanciones, Cafetería, Deportes, Etc
Decreto 494 de 1962 · Por el cual se dictan disposiciones sobre organización de los servicios de Mantenimiento aeronáutico de la Fuerza Aérea
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.