Micelio

Artículo 2

El Subadministrador Secretario Del Terminal Marítimo Y Fluvial De Cartagena, Será Un Ingeniero Titulado Y Matriculado, De Reconocida Competencia En Los Ramos Administrativo Y De Navegación, Y Tendrá Las Siguientes Funciones Principales: A) Reemplazar Al Administrador En Caso De Ausencia De Éste

Decreto 2711 de 1947 · Por el cual se crean cargos y se dictan disposiciones para la administración y explotación del Terminal de Cartagena

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Subadministrador Secretario del Terminal Marítimo y Fluvial de Cartagena, será un Ingeniero titulado y matriculado, de reconocida competencia en los ramos administrativo y de navegación, y tendrá las siguientes funciones principales

a)

Reemplazar al Administrador en caso de ausencia de éste.

b)

Controlar las labores de manejo de carga y el funcionamiento de las demás dependencias.

c)

Controlar las labores de conservación de muelles, bodegas, patios, vías y equipos.

d)

Todas las demás que le asigne el Administrador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2711 de 1947