Otras formas de cumplir con el tiempo mínimo de mando . El personal que se encuentre en la situación prevista en el
Parágrafo 2
del artículo 62 del Decreto 1790 de 2000, que pierda el semestre o año lectivo respectivo, en la universidad donde adelanta estudios, perderá también, el derecho a que se le abone el tiempo como mando de tropa, sin perjuicio de la acción disciplinaria correspondiente.