Autorizase al Gobierno nacional para hacer un emisión de bonos internos hasta por la cantidad de siete millones cuatrocientos cinco mil trescientos dos pesos con sesenta centavos ($ 7.405.302.60), para acabar de cubrir a los ciudadanos incluidos en el escalafón de antiguos militares, de que trata la ley 65 de 1937 , la recompensa otorgada por la ley 7 a . de 1938.
Queda autorizado el Gobierno para reglamentar la manera de reconocer los grados de los antiguos, militares, revisar a los ya reconocidos que aún no se les hubiere pagado, y para distribuir dentro del periodo de cinco (5) anos, las partidas de bonos internos que deba ir lanzando en cumplimiento del presente artículo.