Micelio

Artículo 7

º

Decreto 1066 de 1999 · por el cual se establece la estructura del Banco Agrario de Colombia, S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Vicepresidencia de Crédito. La Vicepresidencia de Crédito tendrá las siguientes funciones

a)

Orientar y dirigir las Actividades tendientes a asesorar a la Junta Directiva, Presidencia y demás órganos directivos en el diseño, desarrollo, implantación, control y ajuste, dentro del marco legal, de las políticas y procedimientos de crédito y cobranza;

b)

Fundamentar el ciclo de crédito en el conocimiento del cliente, efectuar evaluaciones objetivas que indiquen viabilidad económica, financiera, técnica y comercial; ejercer una administración preventiva de la cartera que reconozca en forma oportuna los problemas y que incluya el manejo especializado de la cobranza cuando el pago no se genere en forma normal;

c)

Proporcionar a la Entidad orientación para acceder a líneas de crédito que apoyen efectivamente a los sectores de la economía, especialmente al sector agropecuario, actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales y también a entidades territoriales, bajo el concepto de proyectos integrales, técnica y financieramente viables;

d)

Velar por que la Institución mantenga una buena calidad de cartera y consecuentemente un bajo nivel de provisiones, creando dentro de la misma una sólida cultura de crédito;

e)

Planear y dirigir las actividades tendientes a asesorar a la Junta Directiva, Presidencia y demás Organos directivos en asuntos crediticios y de cobranza;

f)

Asesorar al Presidente en la formulación de políticas y planes de acción de la Vicepresidencia;

g)

Todas las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y a las que determinen los Organos superiores de administración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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