Micelio

Artículo 10

Decreto 4057 de 2011 · por el cual se suprime el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), se reasignan unas funciones y se dictan otrasdisposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Activos, bienes y rentas. Los activos, bienes y rentas del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), necesarios para el cumplimiento de las funciones que se trasladan en virtud del presente decreto, se transferirán a título gratuito por ministerio de la Ley, a las entidades y organismos receptores de las funciones. Los bienes estarán identificados en las actas que para el efecto suscriba el Director del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), en supresión y la entidad receptora, las cuales serán inscritas en el respectivo registro, cuando a ello hubiere lugar y se entregarán de acuerdo con los cronogramas establecidos por el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), en supresión y las entidades u organismos receptores. Los demás activos, bienes y rentas se transferirán a las entidades públicas que determine el Gobierno nacional mediante acta suscrita por el Director del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), en supresión, y el representante legal o su delegado de la entidad u organismo receptor y servirá como instrumento para su registro, cuando a ello hubiere lugar. Las actas contendrán como mínimo, los elementos esenciales de identificación de los activos, bienes o rentas y su valor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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