º Corresponderá a las instituciones financieras procurar las medidas indispensables para que su composición accionaria se ajuste a las anteriores disposiciones. Para tal efecto, deberán acordar con los accionistas la forma como se realizarán los ajustes pertinentes y, si fuere el caso, promoverán aumentos de capital, a través de colocaciones de acciones, que permitan dar cumplimiento a la democratización de la propiedad accionaria en los términos del presente Decreto.
Decreto 365 de 1987 →Vigente
Artículo 4
º Corresponderá A Las Instituciones Financieras Procurar Las Medidas Indispensables Para Que Su Composición Accionaria Se Ajuste A Las Anteriores Disposiciones
Decreto 365 de 1987 · por el cual se dictan normas sobre la democratización de la propiedad accionaria de las instituciones financieras.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.