Micelio

Artículo 24

Decreto 1873 de 1996 · Por el cual se reglamenta la Ley 51 de 1986 y se dictan normas de ética profesional para los ingenieros electricistas, mecánicos y profesiones afines

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Respeto a la propiedad intelectual . El ingeniero reconocerá la propiedad intelectual en el ejercicio de la profesión. Para tal efecto, deberá: Respetar y reconocer la propiedad intelectual de terceros sobre sus diseños, proyectos, obras y demás actividades relacionadas. Reconocer los trabajos y contribuciones de sus colegas y subalternos en todas las actividades profesionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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