Art. 7.° Para los efectos del artículo 5.° del presente decreto, los Administradores de los Ramos arriba enumerados enviaran mensualmente á la administración departamental de Hacienda de Cundinamarca un ejemplar de cada uno de los cuadros de movimientos de especies y caudales de que tratan las disposiciones legales y ejecutivas sobre la materia.
Decreto 890 de 1889 →Vigente
Artículo 7
Del Presente Decreto, Los Administradores De Los Ramos Arriba Enumerados Enviaran Mensualmente Á La Administración Departamental De Hacienda De Cundinamarca Un Ejemplar De Cada Uno De Los Cuadros De Movimientos De Especies Y Caudales De Que Tratan Las Disposiciones Legales Y Ejecutivas Sobre La Materia
Decreto 890 de 1889 · En ejecución de la Ley 111 de 1888
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.