Micelio

Artículo 253

Derogado

Ley 79 de 1931 · Orgánica de Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Las aduanas no entregarán mercancía alguna sino mediante el comprobante de haberse pagado conforme a la ley todas las sumas debidas al Gobierno por tal concepto, o mediante presentación de orden de entrega, por estará la mercancía libre derechos, extendida de acuerdo con la ley. Exceptúase el caso de mercancía de exportación sobre la cual se garantizare confianza el pago de los derechos. Vigente desde: 19/06/1931 y hasta el: 16/04/1979

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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