Micelio

Artículo 27

En Cada Uno De Los Municipios, Corregimientos E Inspecciones De Policía, El Personal De La Institución Destacado Desarrollará Una Activa Y Permanente Campaña Para Fomentar, Desarrollar Y Mantener La Acción Comunal Con El Concurso De Las Autoridades Civiles Y Eclesiásticas, Y Representantes Destacados De Los Núcleos Sociales

Decreto 1667 de 1966 · Por el cual se dicta el Estatuto Orgánico de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En cada uno de los Municipios, Corregimientos e Inspecciones de Policía, el personal de la institución destacado desarrollará una activa y permanente campaña para fomentar, desarrollar y mantener la acción comunal con el concurso de las autoridades civiles y eclesiásticas, y representantes destacados de los núcleos sociales. TITULO II Funciones especificas CAPITULO I Ramas del servicio policivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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