Micelio

Artículo 5

Los Contingentes Establecidos En El Presente Decreto, Serán Reglamentados Y Administrados Por El Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo A Través De La Dirección De Comercio Exterior, Bajo El Criterio De 70% Para Los Exportadores Tradicionales Y 30% Para Nuevos Exportadores

Decreto 586 de 2016 · por el cual se adoptan medidas transitorias sobre exportaciones de cuero y pieles en bruto y en estado húmedo en azul (“wet-blue”)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los contingentes establecidos en el presente decreto, serán reglamentados y administrados por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a través de la Dirección de Comercio Exterior, bajo el criterio de 70% para los exportadores tradicionales y 30% para nuevos exportadores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 586 de 2016