Micelio

Artículo 13

Decreto 1660 de 1978 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 15 y 20 de 1972, los Decretos 250 y 762 de 1970, 546 de 1971 y 717 de 1978, y otras disposiciones sobre administración del personal de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público y de las Direcciones de Instrucción Criminal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 13 . Los siguientes empleos de la Rama Jurisdiccional se proveen como se indica a continuación

a)

Magistrado de Tribunal Superior de Distrito Judicial y del Tribunal Superior de Aduanas, por elección de la Corte Suprema de Justicia.

b)

Magistrado de Tribunal Administrativo, por el Consejo de Estado. a) Juez Superior de Circuito, de Menores, Laboral, de Instrucción Criminal, Municipal y Territorial, por elección del Tribunal Superior correspondiente. b) Juez Superior de Aduanas, de Instrucción Penal Aduanera y de Distrito Penal Aduanero, por el Tribunal Superior de Aduanas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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