La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones
Formular la política general del organismo y los planes y programas que deba desarrollar;
Aprobar el programa anual de compras del Instituto;
Adoptar los estatutos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca y someterlos a la aprobación del Gobierno;
Aprobar el presupuesto anual del Instituto;
Señalar los precios de venta de los artículos que suministre el Instituto y determinar la aplicación de sus utilidades;
Autorizar o aprobar todo acto o contrato cuya cuantía exceda de cien mil pesos ($ 100.000) moneda corriente;
Elaborar para aprobación del Gobierno las reglamentaciones a que se refieren los artículos 3º y 6º del presente Decreto;
Determinar la organización interna del Instituto, su planta de personal y señalar las asignaciones correspondientes, conforme a las disposiciones legales sobre la materia;
Controlar el funcionamiento general de la organización y verificar su conformidad con la política adoptada, y
Las demás que le señalen los estatutos para el cumplimiento de los fines propios del Instituto.