Micelio

Artículo 4

Decreto 3118 de 1959 · por el cual se reglamenta el artículo 27 del Decreto extraordinario número 1153 de 1959.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Señálanse las siguientes condiciones mínimas que deben llenar los aspirantes a los cargos que a continuación se enumeran: A Jefes de División (de Reclutamiento, de Clasificación y Remuneración y de Adiestramiento)

a)

Estudios universitarios con preferencia en ciencias económicas, sociales o administrativas;

b)

Adecuado conocimiento de la organización gubernamental de Colombia, y de las condiciones sociales y económicas del país;

c)

Experiencia administrativa en el sector público o privado;

d)

Buena capacidad para dirigir;

e)

En lo posible, conocimiento de la teoría de la Administración. B. Abogado: a) Grado universitario en Derecho; b) Especial conocimiento en Derecho Constitucional y Administrativo; c) Experiencia mínima de cuatro años en el ejercicio de su profesión o en cargos de la Administración Pública; d) Adecuado conocimiento de la organización gubernamental de Colombia y de las condiciones sociales y económicas, del país; e) En lo posible conocimiento de la teoría de la Administración. C. Jefes de Sección con remuneración mensual de $2.500.00 a) Estudios universitarios, con preferencia en ciencias económicas, sociales o administrativas, o experiencia equivalente; b) Adecuado conocimiento de la organización gubernamental de Colombia, y de las condiciones sociales y económicas del país; c) Experiencia administrativa; d) Capacidad para dirigir; D. Jefe de Sección con remuneración mensual de $2.000.00. a) Estudios universitarios, con preferencia en ciencias económicas, sociales o administrativas, o experiencia equivalente; b) Adecuado conocimiento de la organización gubernamental de Colombia y de las condiciones sociales y económicas del país. E. Analistas. a) Estudios universitarios, con preferencia en ciencias económicas, sociales o administrativas, o experiencia o instrucción general que sea, en lo posible, equivalente; b) Adecuado conocimiento de la organización gubernamental de Colombia y de las condiciones sociales y economistas del país; F. Secretarias a) Buena educación general que incluya en lo posible estudios secundarios; b) Habilidad en taquigrafía y mecanografía; c) Manifiesta aptitud para tratar con el público; d) Experiencia o práctica como secretaria o como mecanotaquígrafa, en lo posible.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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