Además De La Responsabilidad Penal A Que Hubiere Lugar, Serán Solidariamente Responsables De Los Perjuicios Que Puedan Sufrir La Intendencia O Comisaría: A) Los Ordenadores De Gastos Y Cualesquiera Otro Funcionario Que Contraiga, A Nombre De Sus Respectivas Entidades O Unidades Administrativas, Obligaciones No Autorizadas En Debida Forma O Que Expidan Giros Para El Pago De Las Mismas B) Los Secretarios De Hacienda Que Contabilicen Obligaciones Contraídas Contra Expresa-Prohibición O Que Hagan Giros Para El Pago De Las Mismas
Decreto 1927 de 1975 · Por el cual se dictan normas para elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos de Intendencias y Comisarías
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Además de la responsabilidad penal a que hubiere lugar, serán solidariamente responsables de los perjuicios que puedan sufrir la intendencia o comisaría
a)
Los ordenadores de gastos y cualesquiera otro funcionario que contraiga, a nombre de sus respectivas entidades o unidades administrativas, obligaciones no autorizadas en debida forma o que expidan giros para el pago de las mismas
b)
Los Secretarios de Hacienda que contabilicen obligaciones contraídas contra expresa-prohibición o que hagan giros para el pago de las mismas.
c)
Los pagadores que efectúen pagos y el delegado de la Contraloría que los autorice, cuando con ello se violen los principios consagrados en este Decreto y demás normas que regulan la materia.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.