° Delégase en el Ministro de Educación Nacional, la facultad de celebrar el contrato de fiducia mercantil a que hace referencia el artículo 3° de la Ley 91 de 1989.
Decreto 632 de 1990 →Vigente
Artículo 1
Delégase En El Ministro De Educación Nacional, La Facultad De Celebrar El Contrato De Fiducia Mercantil A Que Hace Referencia El Artículo 3° De La Ley 91 De 1989
Decreto 632 de 1990 · por el cual se hace una delegación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.