Micelio

Artículo 7

º Las Entidades Prestatarias Estarán Obligadas A Incluir En Sus Proyectos Anuales De Presupuesto El Valor De Las Amortizaciones, Intereses, Comisiones, Gastos Y Demás Erogaciones Correspondientes A Las Deudas Contraídas Con La Nación

Decreto 1945 de 1992 · Decreto por el cual se sustituye el Decreto 2162 de 1989.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las entidades prestatarias estarán obligadas a incluir en sus proyectos anuales de presupuesto el valor de las amortizaciones, intereses, comisiones, gastos y demás erogaciones correspondientes a las deudas contraídas con la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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