Funciones de la Dirección de Evaluación del Riesgo . Son funciones de la Dirección de Evaluación del Riesgo, las siguientes
Atender y gestionar de manera oportuna las solicitudes de protección, verificando requisitos, registrando la información necesaria y orientando el trámite conforme a los procedimientos definidos a nivel institucional.
Desarrollar la identificación y valoración del riesgo con enfoque diferencial, determinando los niveles de riesgo de personas, grupos o comunidades conforme a los lineamientos metodológicos definidos.
Planificar, ajustar y aplicar las metodologías y herramientas institucionales para la evaluación de los niveles de riesgo, garantizando su actualización técnica y su alineación con los lineamientos institucionales y normativos vigentes.
Analizar y consolidar la información técnica proveniente de entidades nacionales e internacionales que sirva como insumo para la identificación y valoración del riesgo.
Adelantar acciones de relacionamiento y articulación con representantes de grupos de valor y actores pertinentes, con el fin de obtener información relevante para la valoración y seguimiento del riesgo.
Reevaluar, una vez al año, los niveles de riesgo de las personas beneficiarias de los programas de protección, mediante la actualización de la evaluación del riesgo, o antes si se presentan hechos sobrevinientes que varíen el riesgo.
Preparar los actos administrativos que deciden sobre la asignación, ajuste o finalización de medidas de protección, con excepción de aquellos que le competen a la Subdirección Especializada de Seguridad y Protección, conforme a las normas y lineamientos técnicos aplicables en la materia.
Adelantar el proceso de notificación de los actos administrativos relacionados con el otorgamiento de medidas de protección, garantizando su comunicación oportuna y conforme a los procedimientos legales y administrativos establecidos.
Dar traslado de inmediato a la Dirección de Protección de los casos de la población en situación de desplazamiento forzado, que cumplan con los requisitos de gravedad e inminencia, para la activación de la presunción Constitucional de Riesgo.
Prestar asistencia psicológica primaria, cuando lo requieran, a las personas que solicitan medidas de protección.
Mantener actualizado el sistema de información en lo de su competencia.
Proteger la información, los datos y los sistemas informáticos a cargo de la dependencia, de los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad.
Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.
Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.
Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.