Micelio

Artículo 1

Decreto 2205 de 1928 · Por el cual se hace un nombramiento en el ramo de Caminos Nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Encárgase al señor Francisco Lezama, Tesorero General del Departamento del Tolima, del manejo de los fondos apropiados para la carretera nacional de Ibagué a La Dorada, quien otorgará la fianza legal necesaria, por la cuantía que fije el Contralor General de la República.

Parágrafo

El funcionario citado tendrá derecho a la suma de $ 30 mensuales, como honorarios por este servicio. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2205 de 1928