Micelio

Artículo 16

Decreto 1407 de 1999 · por el cual se establece un procedimiento especial para aplicar una medida de salvaguardia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y hasta el 31 de diciembre del año 2000. Publíque se y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 28 de julio de 1999. ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Carlos Murgas Guerrero. El Ministro de Desarrollo Económico, Fernando Araújo Perdomo. La Ministra de Comercio Exterior, Martha Lucía Ramírez de Rincón.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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