Micelio

Artículo 4

º

Decreto 532 de 1995 · por el cual se adiciona el Decreto 1214 de 1994 y se designan unos representantes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquesey cúmplase Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 30 de marzo de 1995. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Gobierno, Horacio Serpa Uribe.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 532 de 1995