Micelio

Artículo 7

Los Gastos Que Demande Esta Nueva Organización Se Harán, De Acuerdo Con La Ley Que Por El Presente Decreto Se Reglamenta, Con Imputación A Las Apropiaciones Para Las Obras Públicas A Que El Consejo Deba Prestar Sus Servicios

Decreto 354 de 1929 · por el cual SE REGLAMENTA EL ARTICULO 5° DE LA LEY 89 DE 1928, que crea el Consejo Nacional de Vías de Comunicación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los gastos que demande esta nueva organización se harán, de acuerdo con la Ley que por el presente Decreto se reglamenta, con imputación a las apropiaciones para las obras públicas a que el consejo deba prestar sus servicios. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 354 de 1929