Régimen laboral . El régimen laboral de los servidores públicos dada la naturaleza jurídica de la Entidad y sus funciones, será de carácter especial, a saber
Tendrán carácter de empleados públicos de libre nombramiento y remoción aquellos que ejerzan funciones de dirección, confianza y manejo. Su nombramiento será realizado por el/la Directora(a) General y su régimen legal será el establecido por la Ley 909 de 2004 y las normas pertinentes y complementarias.
Se vinculará por contrato de trabajo privado al personal que realice funciones relacionadas con la prestación del servicio de salud.
Los demás servidores de la entidad serán empleados públicos de carrera administrativa regulados por la Ley 909 de 2004 y demás normas pertinentes y complementarias.
En todo caso, el personal académico de la Universidad Nacional de Colombia o de las demás Instituciones de Educación Superior con las que se realicen convenios, que desarrollen actividades con fundamento en el artículo 13° del presente Decreto Ley, seguirán adscritos al régimen laboral propio de cada institución educativa, en consecuencia, no existirá vinculación laboral con el Hospital Universitario San Juan De Dios y Materno Infantil y por ende este no será el responsable del reconocimiento y pago de los elementos salariales y prestacionales de aquel personal sino la universidad con quien tenga el vínculo.
La planta de personal del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil que se cree con ocasión del presente decreto, no tendrá relación con el antiguo Hospital San Juan de Dios y el Instituto Materno Infantil.