Micelio

Artículo 174

Causales Para Adelantar El Procedimiento Adminis­trativo De Control (Pac)

Ley 2056 de 2020 · por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son causales para iniciar un procedimiento de control:

a)

Incumplir con la destinación legal de los recursos del Sistema General de Regalías.

b)

Presentar retrasos injustificados por un periodo continuo, supe­rior al 30% del horizonte de ejecución del proyecto aprobado.

c)

No ejecutar el proyecto de inversión en los términos de su apro­bación sin justificación técnica o jurídica.

d)

No obtener un adecuado desempeño según la metodología que para el efecto establezca el Departamento Nacional de Planea­ción, durante dos mediciones anuales consecutivas.

e)

No cumplir con los criterios de pertinencia establecidos para la aprobación de los proyectos financiados con recursos del Siste­ma General de Regalías.

f)

Mediar solicitud motivada de un órgano de control, de la Fiscalía General de la Nación o de otra autoridad competente.

g)

Ejecutar proyectos no definidos por el representante legal de la entidad habilitada, o cuando el proyecto de inversión no cumpla los requisitos referenciados en el Decreto Ley 416 de 2018.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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