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Artículo 2.2.2.3.9

Plan De Acción Y Seguimiento A La Política Pública De Gestión Y Administración De Los Cementerios Para La Custodia Y Preservación De Cuerpos No Identificados Y Cuerpos Identificados No Entregados

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Plan de acción y seguimiento a la política pública de gestión y administración de los cementerios para la custodia y preservación de cuerpos no identificados y cuerpos identificados no entregados. El Ministerio del Interior en coordinación con la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas, el Departamento Nacional de Planeación, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Justicia y del Derecho, la Fiscalía General de la Nación, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y la Unidad de Investigación y Acusación de la Jurisdicción Especial para la Paz, en el marco de sus competencias, articulará la formulación de la Política Pública de Gestión y Administración de los Cementerios para la Custodia y Preservación de CNII y CINE. Lo anterior de acuerdo con los ejes mencionados en el artículo 2.2.2.3.8 del presente decreto. El plan de acción deberá formularse en el plazo máximo de seis (6) meses desde la entrada en vigencia del presente capítulo y deberá contemplar, como mínimo, medidas específicas en cuanto la construcción, modificación, ampliación, mantenimiento y mejoramiento, con garantías de seguridad y conservación, de lugares de inhumación y centros de almacenamiento de cuerpos o restos humanos no identificados y/o identificados no entregados, que pueden incluir marcación indeleble y permanente que facilite su posterior ubicación, procedimientos en caso de reubicación solicitada o aprobada por autoridad competente, medidas para el adecuado manejo en materia de registro de información, campañas de socialización y divulgación de los procesos de memoria histórica y debe propender por la participación de las organizaciones de víctimas y de derechos humanos, bajo los enfoques restaurativo y de memoria.Parágrafo. El Ministerio del Interior realizará el seguimiento de las actividades del plan de acción y, durante su vigencia, presentará un informe anual sobre su cumplimiento dirigido a la Mesa Interinstitucional de Política Pública de Gestión y Administración de los Cementerios para la Custodia y Preservación de CNI y CINE.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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