Recursos y patrimonio . Los recursos y el patrimonio del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, estarán constituidos por los siguientes bienes
Los aportes del Presupuesto General de la Nación que se le asignen.
Los recursos de crédito que contrate el Gobierno Nacional para el cumplimiento de los objetivos del Instituto.
Las donaciones públicas o privadas para el desarrollo de los objetivos del Instituto, previa incorporación al Presupuesto General de la Nación, cuando se trate de recursos en dinero.
Los aportes de cualquier clase provenientes de la Cooperación Internacional para el cumplimiento de los objetivos del Instituto.
Los bienes y recursos que le transfieran el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, las entidades suprimidas del sector y las demás entidades de carácter público, de conformidad con las normas vigentes.
Las propiedades y demás activos que adquiera a cualquier título con recursos propios y las sumas que reciba en caso de su enajenación.
Los ingresos propios y los rendimientos producto de la administración de los mismos; los recaudos por concepto de servicios técnicos y el valor de las tasas de valorización o multas que imponga, de acuerdo con las normas respectivas.
El valor de las tasas, derechos y multas que imponga y recaude por el ejercicio de la actividad pesquera.
La cartera de los préstamos otorgados por el Incora en liquidación para adquisición de tierras y para producción.
La cartera a cargo de los usuarios y asociaciones de los distritos de riego a favor del Inat en liquidación.
Los demás que obtenga a cualquier título.
El patrimonio y los recursos del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, se destinarán al cumplimiento del objetivo y funciones para los cuales fue creado.
El Instituto podrá transferir parte de sus fondos o bienes a favor de entidades de derecho público, cuando delegue en ellas alguna de sus atribuciones de acuerdo con las normas vigentes.
Sentencia de la Corte Constitucional C-1060 de 2003 CAPITULO IV Disposiciones varias