Micelio

Artículo 16

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 16 . División de Estudios Técnicos Aduaneros . Conforme a las políticas e instrucciones del Jefe de la Oficina, son funciones de la División de Estudios Técnicos Aduaneros, las siguientes

a)

Prestar apoyo técnico a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en la definición de las políticas en materias de arancel y valor;

b)

Elaborar estudios en materia de arancel y valor, y producir los análisis y recomendaciones correspondientes;

c)

Mantener actualizado un sistema de información arancelaria y de valor en aduana y velar por su oportuna divulgación y comunicación a los funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

d)

Preparar conceptos técnicos en materia de arancel y valor; y

e)

Las demás que le asigne el Jefe de la Oficina Centro de Estudios Fiscales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2117 de 1992