ARTICULO 16 . División de Estudios Técnicos Aduaneros . Conforme a las políticas e instrucciones del Jefe de la Oficina, son funciones de la División de Estudios Técnicos Aduaneros, las siguientes
Prestar apoyo técnico a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en la definición de las políticas en materias de arancel y valor;
Elaborar estudios en materia de arancel y valor, y producir los análisis y recomendaciones correspondientes;
Mantener actualizado un sistema de información arancelaria y de valor en aduana y velar por su oportuna divulgación y comunicación a los funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Preparar conceptos técnicos en materia de arancel y valor; y
Las demás que le asigne el Jefe de la Oficina Centro de Estudios Fiscales.