Exhibición de los Certificados de Inscripción y de Actualización. Las personas naturales encargadas de la operación de planes turísticos, deberán portar copia del certificado de inscripción en el Registro Nacional de Turismo o copia del certificado de actualización correspondiente a la empresa para la cual prestan sus servicios y estarán obligados a exhibirlo cuando las autoridades requieran verificar la operación legal de tales planes. En caso contrario, la Policía Nacional o la Policía de Turismo desmovilizará o impedirá la operación de planes turísticos que no cumplan con las normas legales.
Decreto 2074 de 2003 →Vigente
Artículo 14
Exhibición De Los Certificados De Inscripción Y De Actualización
Decreto 2074 de 2003 · Por el cual se modifica el Decreto 504 de 1997
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.