Prescripción. La solicitud de amparo del derecho a explorar y explotar prescribe en seis (6) meses, contados desde la consumación de los actos o hechos perturbatorios.
Aclaración: La Sentencia C-366-11 declaró inexequible el Artículo 31 de la Ley 1382 de 2010, que derogó el artículo 316 de la Ley 685 de 2001. La Corte ordenó diferir los efectos de la inexequibilidad declarada por el término de dos (2) años.
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 316. Derogado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
Artículo 316. Prescripción. La solicitud de amparo del derecho a explorar y explotar prescribe en seis (6) meses, contados desde la consumación de los actos o hechos perturbatorios.