º. Los administradores internos de correos quedan obligados a exigir a los sanos destinatarios de encomiendas, la presentación de las libranzas correspondientes a las encomiendas que les lleguen, con las estampillas del porte debidamente anuladas, y caso de que los destinatarios no las presenten, les reclamarán el pago de los portes en estampillas postales que adherirán y anularán en memorial que en papel sellado deban presentarle para solicitar la entrega de las encomiendas.
Artículo 3
Los Administradores Internos De Correos Quedan Obligados A Exigir A Los Sanos Destinatarios De Encomiendas, La Presentación De Las Libranzas Correspondientes A Las Encomiendas Que Les Lleguen, Con Las Estampillas Del Porte Debidamente Anuladas, Y Caso De Que Los Destinatarios No Las Presenten, Les Reclamarán El Pago De Los Portes En Estampillas Postales Que Adherirán Y Anularán En Memorial Que En Papel Sellado Deban Presentarle Para Solicitar La Entrega De Las Encomiendas
Decreto 827 de 1926 · Por el cual se reglamenta el despacho de encomiendas de efectos para los Lazaretos de la República
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.