Micelio

Artículo 24

El Valor De Tres (3) De Los Quince (15) Días De La Prima De Vacaciones, O La Parte Proporcional De Dicho Valor, Que Se Le Deduce A Los Funcionarios Y Empleados De La Procuraduría General De La Nación Y De La Defensoría Del Pueblo De Conformidad Con La Ley 54 De 1983, Será Depositado A Favor Del Fondo De Empleados Del Ministerio Público, Para Que Ejecute Proyectos Especiales De Vacaciones Y Recreación Para Los Funcionarios Y Empleados

Decreto 54 de 1993 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 24. El valor de tres (3) de los quince (15) días de la Prima de Vacaciones, o la parte proporcional de dicho valor, que se le deduce a los funcionarios y empleados de la Procuraduría General de la Nación y de la Defensoría del Pueblo de conformidad con la Ley 54 de 1983, será depositado a favor del Fondo de Empleados del Ministerio Público, para que ejecute proyectos especiales de vacaciones y recreación para los funcionarios y empleados.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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