°. Para la adquisición de bienes y servicios destinados a la seguridad y defensa nacional, el Ministerio de Defensa Nacional deberá solicitar al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en la forma prevista en el presente decreto, certificación sobre la existencia o no de producción nacional en términos de competencia abierta, de los bienes y servicios que se pretendan adquirir para la seguridad y defensa nacional previstos en la Ley 1089 de 2006.
Artículo 1
Para La Adquisición De Bienes Y Servicios Destinados A La Seguridad Y Defensa Nacional, El Ministerio De Defensa Nacional Deberá Solicitar Al Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo, En La Forma Prevista En El Presente Decreto, Certificación Sobre La Existencia O No De Producción Nacional En Términos De Competencia Abierta, De Los Bienes Y Servicios Que Se Pretendan Adquirir Para La Seguridad Y Defensa Nacional Previstos En La Ley 1089 De 2006
Decreto 660 de 2007 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1089 de 2006.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.