Micelio

Artículo 1

Para La Adquisición De Bienes Y Servicios Destinados A La Seguridad Y Defensa Nacional, El Ministerio De Defensa Nacional Deberá Solicitar Al Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo, En La Forma Prevista En El Presente Decreto, Certificación Sobre La Existencia O No De Producción Nacional En Términos De Competencia Abierta, De Los Bienes Y Servicios Que Se Pretendan Adquirir Para La Seguridad Y Defensa Nacional Previstos En La Ley 1089 De 2006

Decreto 660 de 2007 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1089 de 2006.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para la adquisición de bienes y servicios destinados a la seguridad y defensa nacional, el Ministerio de Defensa Nacional deberá solicitar al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en la forma prevista en el presente decreto, certificación sobre la existencia o no de producción nacional en términos de competencia abierta, de los bienes y servicios que se pretendan adquirir para la seguridad y defensa nacional previstos en la Ley 1089 de 2006.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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