Micelio

Artículo 10

Son Funciones Generales De Los Jefes De Las Secciones Técnicas; A) Responder Ante El Respectivo Jefe De División Por El Cumplimiento De Sus Funciones; B) Dirigir Y Coordinar La Ejecución De Los Trabajos Que Ha De Desarrollar La Sección; C) Coordinar Con Los Empleados Respectivos, Por El Conducto Regular, La Vigilancia Y El Cumplimiento De Las Normas Dadas; D) Estudiar Y Resolver Los Problemas Específicos Relacionados Con Las Labores De La Sección; E) Presentar Al Jefe De La División Programas De Trabajo; F) Rendir Informes Sobre Las Labores Desarrolladas Y Los Resultados Obtenidos Por La Sección, Según Los Reglamentos; G) Actuar En El Comité De Coordinación De La División Respectiva Y En La Junta De Licitaciones, Cuando Sea El Caso; H) Estudiar Los Problemas Y Necesidades De Salud Y Asistencia Públicas Relacionadas Con La Sección; I) Asesorar Al Jefe De La División En El Conocimiento, Estudio Y Resolución De Los Problemas Propios De La Sección; J) Colaborar Con El Jefe De La División En La Promoción Y Preparación De Conferencias Para La Divulgación Y El Conocimiento De Los Problemas De Salud Y Asistencia Públicas, En Cuanto Atañen A La Sección

Decreto 1423 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Salud Pública y se le adscriben los negocios de que debe conocer

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones generales de los Jefes de las Secciones Técnicas

a)

Responder ante el respectivo Jefe de División por el cumplimiento de sus funciones;

b)

Dirigir y coordinar la ejecución de los trabajos que ha de desarrollar la Sección;

c)

Coordinar con los empleados respectivos, por el conducto regular, la vigilancia y el cumplimiento de las normas dadas;

d)

Estudiar y resolver los problemas específicos relacionados con las labores de la Sección;

e)

Presentar al Jefe de la División programas de trabajo;

f)

Rendir informes sobre las labores desarrolladas y los resultados obtenidos por la Sección, según los reglamentos;

g)

Actuar en el Comité de Coordinación de la División respectiva y en la Junta de Licitaciones, cuando sea el caso;

h)

Estudiar los problemas y necesidades de salud y asistencia públicas relacionadas con la Sección;

i)

Asesorar al Jefe de la División en el conocimiento, estudio y resolución de los problemas propios de la Sección;

j)

Colaborar con el Jefe de la División en la promoción y preparación de conferencias para la divulgación y el conocimiento de los problemas de salud y asistencia públicas, en cuanto atañen a la Sección. VI. De La División De Sanidad Ambiental

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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